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Publicado el 25 de Septiembre de 2019 en Acción Sindical
NOTA

Para que entre el profesorado de religión de España se conozca la VERDAD DE LOS HECHOS, difundimos este mensaje del Ministerio, enviado al Presidente de la UNIÓN APPRECE ESPAÑA. SINDICATO APPRECE, el pasado día 12 de julio, a las 8.04 minutos, como respuesta a las gestiones telefónicas que, hicimos desde APPRECE, ante varios altos cargos del Ministerio de Educación, para pedirles explicaciones sobre la supresión del apartado que se refería al Profesorado de Religión en las Instrucciones del Ministerio para la organización del curso 2019-2020, en las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla.


A su vez, conviene que se conozca también que las instrucciones suprimidas eran el fruto de varias reuniones de dirigentes nacionales de APPRECE con dos Direcciones Generales del Ministerio, para dar una solución concreta a los contratos indefinidos, para los que no hubiera horas lectivas de religión  suficientes en los centros y, en esos casos, cómo, con la intervención del Servicio de Inspección, se podían completar con actividades educativas, aquellas horas que pudieran quedarle libres en sus contratos indefinidos, hasta completar la jornada contratada. Las instrucciones para el profesorado de religión de Ceuta y de Melilla, una vez que, en una reunión conjunta de los Directores Generales y de los dirigentes de APPRECE, quedaron acordadas, fueron consultadas por el Ministerio a los representantes sindicales de Ceuta y de Melilla y se han estado aplicando, durante 3 cursos consecutivos.


La NOTA adjunta de la Subsecretaría del Ministerio, tiene como finalidad generalizar lo que puede ser un principio para  todo el profesorado de religión, que se pueda encontrar en unas situaciones similares en toda España. ¿Cómo es que lo que estaba pensado como un criterio objetivo a tener en cuenta, para respetar los contratos indefinidos y no proceder a su  minoración anualmente, ya que, en esos casos, los contratos indefinidos los convertiría  la Administración en contratos temporales, dando prioridad a la planificación anual, sobre los derechos laborales de los trabajadores y, en cuestión de días o semanas, se ha convertido en un conflicto laboral importante?.


Lo ordenado en el Real Decreto 696/2007, sobre las relaciones laborales del profesorado de religión con las Administraciones Públicas, se sigue respetando y cumpliendo, al ser contratado por primera vez, para acceder a formar parte de la plantilla del profesorado de religión, en cada diócesis, ya que es la propia Administración educativa, la que, a propuesta de la Autoridad Religiosa, decide qué tipo de contrato es el que firma con el nuevo profesor/a de religión, hasta que pasa a contar con un contrato indefinido que, como tal, debe ser respetado por la Administración Pública, porque una cosa es un contrato de sustitución, con un carácter temporal y otra muy distinta es el contrato indefinido, que, además del respeto por ambas partes, y, en particular por la Administración Pública, requiere de un procedimiento legal para poderlos modificar con el consentimiento del profesor/a afectado/a y con la participación de los representantes legales del profesorado de religión.


Por estas razones, el Sindicato APPRECE, viene ejerciendo sus competencias sindicales en defensa del Estado de Derecho y en su aplicación al profesorado de religión en España. 

SINDICATO APPRECE



De: Dirección Gral. de Evaluación y Cooperación Territorial
Enviado: viernes, 12 de julio de 2019 8:04
Para: unionappreceespana@hotmail.com
Asunto: Nota aclaratoria sobre las actividades del profesorado de religión de Ceuta y Melilla.
 

Buenos días D. José María

 

Según conversación telefónica y siguiendo las indicaciones de la Directora General, le remito nota aclaratoria que nos envió el Subsecretario del Ministerio, relativa a las actividades del profesorado de Religión de Ceuta y Melilla.

 

 

Reciba un cordial saludo.

 

 

Secretaría particular

Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial

Ministerio de Educación y Formación Profesional

 


España, 25 de septiembre de 2019

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