Bienvenido invitado. Puedes iniciar sesión o asociarse. Hoy es 19/04/2024

IDENTIFICARSE
E-mail:
Contraseña:
   Recordar


¿Olvidastes tu contraseña?
¿No estás registrado?
¡Hazlo aquí!





Publicado el 18 de Enero de 2011 en Comunicados

LA PRUDENCIA ES LA MEJOR RECOMENDACIÓN ANTE SENTENCIAS DE LOS ALTOS TRIBUNALES, PORQUE JUZGAN HECHOS DE AÑOS PASADOS, TENIENDO EN CUENTA LAS NORMAS EN VIGOR EN AQUELLOS AÑOS Y QUE HAN PODIDO MODIFICARSE MIENTRAS SE PRONUNCIAN LOS TRIBUNALES

El sindicato ANPE en Canarias ha informado est martes (18 de enero de 2011) en un comunicado que el profesorado de Religión en las islas podrá ostentar puestos directivos en sus centros educativos gracias a la sentencia emitida por la la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que desestima el recurso de casación interpuesto por la Consejería de Educación del Gobierno canario en su momento, contra otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que estimaba el Conflicto Colectivo interpuesto por ANPE en 2009.

Para el sindicato, el Alto Tribunal confirma ahora la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Canarias "en todos sus extremos", y considera que a partir de este dictamen, el profesorado de Religión podrá ostentar puestos directivos en su centro (vicedirección, secretaría y jefatura de estudios), así como ser jefe del departamento de Religión y tutor de un grupo de alumnos, teniendo derecho a los oportunos descuentos lectivos.

ANPE Canarias ha valorado "muy positivamente" esta sentencia porque dice que "viene a reconocer una reivindicación histórica del profesorado de Religión, sistemáticamente negada por la Consejería de Educación. Se trata, sin duda, del mayor logro a nivel colectivo en los últimos diez años y un paso definitivo para lograr la equiparación laboral al resto del profesorado de su nivel".

Además ha recordado que el pronunciamiento del Tribunal Supremo tiene un alcance estatal, ya que se beneficiarán todos los profesores y profesoras del estado, incluidos los maestros de Religión. "Una vez más Canarias es el origen de avances importantes de los derechos laborales de un colectivo muy valorado en sus centros educativos, pero maltratado por las últimas reformas educativas", han asegurado .

Tras conocer el dictamen del Tribunal, ANPE Canarias ha solicitado a la Consejería de Educación y al Ministerio de Educación la "adecuación inmediata" de las normas afectadas para que el profesorado y los maestros de Religión puedan desempeñar a partir del curso 2011/12 las actividades docentes de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

NOTA DE APPRECE:    

1. Aconsejamos prudencia ante las Sentencias, porque, como termina diciendo la nota de ANPE, si no se le encomiendan esas actividades docentes al Profesorado de Religión, seguiremos donde estamos, a pesar de las Sentencias favorables.           

2. Hace años, en Andalucía, fueron 6 las Sentencias del TSJA favorables al Profesorado de Religión de Secundaria reconociéndole su capacidad para el ejercicio de la acción tutorial. Ya no se discute si puede o no puede  ser tutor. Con no proponer para Tutor al Profesorado de Religión, no ejerce la  función  y asi se burla la Ley y las sentencias.  Estos son los hechos.

3. Con la Sentencia que ANPE nos anuncia en Canarias  nos encontramos en idéntica situación que con las Tutorias en Andalucia. Si no se propone al Profesorado de Religión para cargo alguno, ya sabemos cuál va a ser  el resultado de la Sentencia en Canarias.

4. Pero hay otro dato de mayor trascedencia: si en las últimas disposiciones de la Consejería de Educación de Canarias, del año 2010, esto es, posteriores a la normativa desde la que los Tribunales están juzgando los hechos pasados, han cambiado e indican que los cargos individuales -Dirección, Jefe de Estudios y Secretario- tienen que ser funcionarios de carrera, la Sentencia del Tribunal Supremo vale para el pasado, pero no vale ni para el presente ni para el futuro.

5. Por tanto, hasta que el Profesorado de Religión no tenga sus Convenios Colectivos PROPIOS, en los que figuren todas las funciones que puede ejercer en los centros educativos, seguiremos "en tierra de nadie",  a pesar de las sentencias, aunque las sentencias favorables siempre van a servir para facilitar las negociaciones con las Administraciones Públicas, pero nada más.

6. Órganos de representación y de negociación PROPIOS son los que necesita el Profesorado de Religión para que pueda negociar sus Convenios Colectivos Propios.      

7. Sólo los Sindicatos que defienden Elecciones Propias para el Profesorado de Religión, Comités de Empresa  Propios  del Profesorado de Religión y Convenios Colectivos Propios del Profesorado de Religión están en la buena dirección para resolver los problemas del Profesorado de Religión.                   

                                                     18 de enero de 2011

No hay archivos en esta noticia.
BÚSQUEDA






 

UNION APPRECE ESPAÑA.  SINDICATO APPRECE.
Dirección Postal:
Apartado de Correos 19011
41080 SEVILLA
Telef. 954625495   Fax.954623025
apprece@apprece.es
unionappreceespana@apprece.es
unionappreceespana@hotmail.com