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Publicado el 14 de Diciembre de 2010 en T. Supremo
EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A LA DEMANDA DE APPRECE SOBRE LA AYUDA DE TRANSPORTE DE LA CAM

1. La Comunidad de Madrid, en el curso 2008-2009, a la cantidad del fondo destinado a la ayuda por transporte no le aplicó las subidas que tenían que haber añadido desde que se firmó el acuerdo.

2. Ante este hecho, a propuesta de APPRECE, el Comité de Empresa se reunió en Comisión Permanente para tratar el tema y estudiar la posibilidad de poner una demanda desde este órgano representativo

No se pudo llegar a ningún acuerdo, ya que el sindicato USIT-EP opinaba que se debía reclamar por la vía de lo Contencioso-Administrativo, mientras que el sindicato APPRECE sostenía que la vía procedente era la Laboral.

Ante la imposibilidad del acuerdo, ya que las posturas eran totalmente contrarias, APPRECE reclamó judicialmente en solitario el aumento del fondo de transporte, interponiendo una demanda por conflicto colectivo en vía Laboral, contra la Comunidad de Madrid, citando a los sindicatos USO, USIT-EP, ANPE, CC.OO, UGT, CSIF, CSIT-UP y CGT.

3. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la razón a APPRECE, dictando sentencia donde se condena a la Comunidad de Madrid a distribuir por dicho concepto la cantidad de 229.827,49 euros y a los demandados a estar y pasar por dicha declaración.

4. La Comunidad de Madrid interpuso Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo. Este alto Tribunal también DA LA RAZÓN A APPRECE y ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El fallo de la sentencia del Tribunal Supremo dice así: “Desestimamos el recurso de casación interpuesto por la representación de la COMUNIDAD DE MADRID contra la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2009, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en procedimiento núm. 8/2009, seguido a instancias de ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE PROFESORES DE RELIGIÓN EN CENTROS ESTATALES (APPRECE) contra CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA CAM, USIT-EPANPE, USOCSI-CSIFCSIT-UP, CC.OO., UGT y CGT, sobre conflicto colectivo”.

Otro servicio importante que APPRECE presta al Profesorado de Religión de la Comunidad de Madrid.

La sentencia  del Tribunal Supremo se adjunta a esta información.

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