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Publicado el 16 de Junio de 2010 en Asignatura
Estrasburgo considera discriminación no ofrecer alternativa a la clase de religión

Estrasburgo (Francia), 15 jun (EFE).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a Polonia por no ofrecer a un alumno la posibilidad de estudiar Ética como alternativa a la clase de Religión y dejar en blanco la casilla del boletín de notas.

En la sentencia, el Tribunal de Estrasburgo dictaminó que Polonia violó el artículo 14 (Prohibición de la discriminación) conjuntamente con el 9 (Libertad de pensamiento, conciencia y religión) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los padres de Mateusz Grzelak, nacido en 2001 y residente en Sobótka, se quejaron del "acoso y discriminación" que había sufrido su hijo por no asistir a clase de Religión y tener en blanco la casilla de notas de la asignatura "Religión/Ética".

Declarados como agnósticos, los Grzelak entendían que la no habilitación de la clase de Ética para el único alumno que no había optado por Religión en su curso de la Escuela de Primaria suponía una discriminación.

En su demanda, los padres, demandantes junto a su hijo, incidieron en que éste último había sido ridiculizado por sus propios compañeros por el hecho de no asistir a clase de Religión y tener en blanco la nota de la asignatura.

La sentencia considera que la actuación del colegio fue "una forma de estigmatización injustificada del alumno" y recuerda que la libertad de pensamiento, conciencia y religión "es una de las bases de la sociedad democrática".

Según el Tribunal de Estrasburgo, se debe respetar el derecho de los estudiantes "a no ser obligados, siquiera indirectamente, a revelar sus creencias religiosas o la carencia de las mismas".

En este sentido, la Sala del Tribunal, presidida por el juez británico Nicolas Bratza, afirma que las creencias religiosas, "no constituyen información susceptible de ser usada para distinguir a los ciudadanos en sus relaciones con el Estado".

Por ello, la sentencia estima que los tribunales polacos "se excedieron en su margen de apreciación", ya que infringieron "la esencia misma del derecho del alumno a no manifestar su religión o convicciones".

Para Estrasburgo, el hecho de que Mateusz no tuviera nota de Religión/Ética "tiene inevitablemente una connotación específica y distingue a los alumnos" de aquellos que sí tienen nota en esa asignatura.

El Tribunal "no está convencido" de que la diferencia de trato entre no creyentes que optan por la clase de Ética y alumnos que siguen las clases de Religión, "estuviera justificada de modo objetivo y razonable".

Los demandantes habían solicitado una indemnización de 150.000 euros por daños morales "por el sufrimiento y angustia causados por la discriminación". El Tribunal considera que "constatar la discriminación constituye una indemnización suficiente".

NOTA:

1º. Cuando consigamos la Sentencia la publicaremos, porque no es lo mismo un resumen de una agencia de noticias, que le Sentencia completa.

2º. La lectura de la Sentencia es de ida-vuelta, es decir, que también se puede aplicar a lo que está haciendo el Ministerio de Educación en el Bachillerato en España, donde no hay alternativa a la Religión.

A las Sentencias de los Altos Tribunales del Estado (Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional) que en sus sentencias defienden que a la Religión hay que ponerle una alternativa, podemos añadir la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que deja también claro que en el Bachillerato en España tiene que haber una ALTERNATIVA a la enseñanza de las religiones.

¡Mira por donde el caso de Polonia deja al descubierto lo que ocurre en España, donde en el Bachillerato no hay alternativa a la Religión¡.

APPRECE viene reivindicando una alternativa con el mismo rigor académico a la enseñanza de las religiones en el Bachillerato desde que se implantó el Bachillerato.

Y en APPRECE cada día que pasa vemos más claro que la fórmula que propusimos al Ministerio de Educación de las "tres opciones" es la ideal para solucionar los problemas que se puedan presentar en una sociedad pluralista.

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