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Publicado el 3 de Febrero de 2021 en Acción Sindical
ANTE UNA LOE, REFORMADA POR LA LOMLOE, DEBE ACTUALIZARSE EL REAL DECRETO 696/2007, QUE DESARROLLA LA DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA SOBRE EL PROFESORADO DE RELIGIÓN
1. Cristianos Socialistas se ha ofrecido a "tender puentes" para mejorar la estabilidad del Profesorado de Religión y APPRECE ha compartido su deseo de alcanzar esa mejora laboral a estos trabajadores y trabajadoras, mediante acuerdos, entre todas las partes interesadas. 2. Como su ofrecimiento ha sido público, las aportaciones de APPRECE también las publicamos y pueden verlas en el archivo adjunto a esta información, aunque por respeto a Cristianos Socialistas, primero se las hemos enviado a su nuevo Coordinador, el sevillano Cristóbal López, con el que queremos mantener unas relaciones fluidas, para reflexionar juntos, dialogar y llegar a acuerdos comunes, ya que nos une nuestro compromiso cristiano. 3. Las propuestas laborales, que APPRECE pone sobre la mesa para dialogarlas y, si es posible, los acuerdos a los que lleguemos, se puedan introducir en el Real Decreto 696/2007, que lleva ya 15 años en vigor, para actualizarlo a la nueva LOE, se refieren a toda España y, por tanto, no entramos en lo que pertenece a los Gobiernos Autonómicos y que será en cada CC.AA. donde deberá negociarse y materializarse en el Convenio Colectivo propio del Profesorado de Religión de la Comunidad Autónoma correspondiente. 4. Si la reforma laboral pendiente, requiere un marco general laboral para todo el colectivo, todas las CC.AA. deben contar con idéntica organización de la representación sindical del Profesorado de Religión, la que estaba diseñada en el borrador del Real Decreto, que regula la relación laboral del Profesorado de Religión con las Administraciones Públicas, que hemos seguido en la mayoría de las CC.AA. y que, al desaparecer en el texto definitivo, dio pie a que algunos sindicatos impusieran la fórmula que más les convenía a ellos, no al Profesorado de Religión. Estamos a tiempo de corregir los errores de estos 15 años. 5. Y si todos somos iguales ante la Ley y a todos nos avala y protege de igual forma, en lo que son cuestiones básicas todo el Profesorado de Religión de España, tiene que recibir el mismo trato: la jornada laboral completa tiene que ser de 37.5 horas semanales o de 35.00, como es la jornada laboral de todos los empleados públicos. Y, a partir de esa exigencia legal, vienen las demás. También las RPT son una exigencia legal, no el "capricho" de nadie. Son ya demasiados años sin que se avance en la creación de las RPT, con la excepción de Galicia, porque también facilitaron la movilidad interdiocesana, desde el principio. 6. La Relación Laboral del Profesorado de Religión Confesional, es con las Administraciones Públicas. Este es un principio BÁSICO, que tiene que aplicarse en todas las Autonomías y en todas las Provincias, para que los actuales problemas laborales del Profesorado de Religión, con contrato indefinido, encuentren soluciones legales. Con generosidad y adaptación a la organización administrativa pública docente, todo tiene que mejorar, en todo lo que se refiere a las relaciones laborales. 7. Para tener claros los conceptos, el Profesorado de Religión tiene como DESTINO su Centro de Trabajo, que es la Delegación Territorial de Educación, que por eso permite la movilidad horaria y geográfica. Y la antigüedad de cada profesor o profesora de Religión es el tiempo que lleva impartiendo clases de Religión y dependiendo de su Delegación Territorial de Educación. Sólo en el caso de empate entre dos profesores del mismo centro o centros, el desempate se producirá acudiendo al tiempo que cada uno o una lleva en el mismo centro. 8. Los traslados interprovinciales o interautonómicos, tienen que negociarse y acordarse entre las partes interesadas, para que figuren o en el Convenio Marco para toda España o en los Convenios Autonómicos, porque donde no hay norma, existe el desorden y se pueden cometer injusticias, que pueden y deben evitarse. 9. Hay que generalizar las experiencias más positivas que han sido capaces de aplicar en algunas Comunidades Autónomas y que coinciden con las que aplican a todo el personal docente. No pedimos privilegios, sino igualdad de trato, en derechos y también en obligaciones, como personal laboral docente, que tiene, desde el año 2007, una relación indefinida con las Administraciones Públicas, con unos derechos laborales, que no tienen otros empleados públicos. 10. Siendo realistas, ya que todas las propuestas lo son, la última se refiere a la Sentencia que el Tribunal Supremo, tiene que resolver, sobre el procedimiento que deben seguir las Administraciones Públicas, en el caso o casos, en los que hubiera que reducir el horario lectivo, en contratos indefinidos, habiendo agotado la propuesta número 2, que hace una década se viene utilizando en la Comunidad Valenciana. Nuestro agradecimiento a Cristianos Socialistas y nuestra invitación al estudio y reflexión sobre las Propuestas Laborales, que aporta APPRECE para mejorar las relaciones laborales del Profesorado de Religión de España, con las Administraciones Públicas Docentes. España, 31 de enero de 2021
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