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Publicado el 21 de Noviembre de 2010 en T. Supremo
DILIGENCIA Y PROVIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE EL RECURSO DE CASACIÓN DE APPRECE CONTRA LA SENTENCIA DEL TSJA DE LA SALA DE MÁLAGA 1. En archivo adjunto acompañamos la DILIGENCIA de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de fecha 2 de noviembre de 2010, por la que la Secretaría da cuenta de la entrada del Recurso de APPRECE, pasando las actuaciones al Sr. Magistrado Ponente a fin de que, en el plazo de TRES DÍAS, proponga a la Sala la resolución que proceda sobre la admisión del Recurso. 2. Y en otro archivo la PROVIDENCIA de la Sala en la que la magistrada Ponente admite el Recurso de Casación de APPRECE y ordena que se de traslado a la parte recurrida, para que dentro del plazo de 10 días, a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, formulen escrito de impugnación. 3. Como parte recurrida de todos los sindicatos citados por APPRECE ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (ANPE, APRESA-FEPER, CC.OO., CGT, CSIF, FETE-UGT, SADI, USO, USTEA) sólo se han personado ante el Tribunal Supremo los que aparecen en su Diligencia y en su Providencia: APRESA-FEPER´, CSIF, FETE-UGT y USTEA. 4. Y como único recurrente contra la Sentencia del TSJA, Sala de Málaga, el Sindicato APPRECE, como se puede observar en ambos documentos. 5. No va a tardar mucho en que sepamos lo que opinan los sindicatos personados ante el Tribunal Supremo sobre la sentencia del TSJA, Sala de Málaga, y sobre el Recurso de Casación interpuesto por APPRECE. 6. Los sindicatos que NO se han personado ante el Tribunal Supremo ya han dejado claro lo que les importamos los Profesores de Religión...Grabemos sus nombres en nuestra memoria: ANPE, CC.OO., CGT, SADI, USO. Estos son los HECHOS que, en último término, son los que cuentan, porque todos sabemos lo de "mucho te quiero perrito, pero pan poquito"... 21 DE NOVIEMBRE DE 2010 |
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